Lo que cambió el 2 de agosto, en dos frases
El 2 de agosto de 2026 empezaron a aplicarse las obligaciones de transparencia del artículo 50 del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial. Aplican a cualquier organización que opere en la Unión Europea o preste servicios a usuarios europeos, sin importar su tamaño ni si trabaja con sistemas considerados de alto riesgo.
Y una semana antes, el 24 de julio, se publicó el Reglamento Ómnibus (UE) 2026/1744, que aplazó la parte de alto riesgo: las obligaciones del Anexo III se van a diciembre de 2027 y las del Anexo I a agosto de 2028.
Ahí está el malentendido que se ha extendido este verano.
El malentendido: no se aplazó todo
En agosto se leyó mucho titular del tipo «Bruselas retrasa la ley de IA». Es cierto a medias, y la mitad que falta es la que afecta a más empresas.
Lo que se aplazó es lo que afecta a pocas empresas y de forma muy exigente: los sistemas de alto riesgo, que son los de selección de personal, scoring crediticio, seguros, sanidad, educación, biometría, infraestructuras críticas, justicia, migración y servicios públicos esenciales.
Lo que no se aplazó es lo que afecta a casi todas y de forma sencilla: la transparencia. Y esa entró en vigor sin prórroga.
Si tu empresa no hace scoring crediticio ni cribado automático de currículums, probablemente pensaste que esto no iba contigo. Y si tienes un chatbot en la web, sí va contigo desde hace un mes.
Si tienes un chatbot, esto te aplica hoy
El artículo 50 dice que los sistemas que interactúan directamente con personas deben informar al usuario de que está tratando con una inteligencia artificial. La excepción es cuando resulte evidente para una persona razonablemente informada y atenta.
Esa excepción es donde está la trampa, y es más estrecha de lo que parece. Un asistente que se presenta como «Soy el asistente de [empresa]» no está diciendo que sea una IA: está diciendo que es un asistente, que es exactamente lo que también diría una persona del equipo de soporte.
Lo revisamos en nuestra propia web mientras preparábamos este artículo. Nuestro chatbot abría con «Hola, soy el asistente de Elevatec». Correcto de tono, insuficiente de fondo. Ya lo hemos cambiado.
La corrección es de dos minutos y no hace falta llenar la interfaz de avisos legales. Basta con que la primera frase lo diga sin rodeos.
- Dilo en el primer mensaje, no en un pie de página. El aviso tiene que llegar antes de que la persona empiece a contar su caso, no después.
- En lenguaje normal. «Soy un asistente de inteligencia artificial» se entiende. «Sistema automatizado de procesamiento de lenguaje natural» no informa a nadie.
- Y ofrece la salida humana. No lo exige el artículo, pero un chatbot que sabe cuándo pasar la conversación a una persona convierte mejor y reduce quejas.
El contenido generado con IA hay que marcarlo
La segunda mitad del artículo 50 es la que casi nadie ha mirado todavía. Quien genera contenido sintético de audio, imagen, vídeo o texto tiene que marcar esas salidas en un formato legible por máquina.
Legible por máquina es la parte importante. No basta con escribir «imagen generada con IA» debajo de la foto: el marcado tiene que ir en los metadatos del fichero, de forma que un sistema pueda detectarlo sin leer la página.
Esto pilla a más gente de la que parece. Si generas imágenes para redes sociales, ilustraciones para el blog, locuciones o vídeo con herramientas de IA, estás en el supuesto.
La buena noticia es que las herramientas serias ya lo hacen solas: las principales incorporan credenciales de contenido en los metadatos. La mala es que muchos flujos de trabajo las pierden por el camino, porque redimensionar una imagen o pasarla por un compresor borra los metadatos sin avisar.
Cuánto cuesta no hacerlo
El incumplimiento del artículo 50 puede alcanzar 15 millones de euros o el 3 % del volumen de negocio anual mundial.
Y aquí va el detalle que casi ningún artículo cuenta bien, porque cambia la conversación entera en una pyme. El artículo 99.6 establece un régimen específico para pequeñas y medianas empresas y para empresas emergentes: la multa se calcula por la cantidad menor de las dos, no por la mayor.
Es decir, una empresa que factura dos millones de euros no se expone a quince millones. Se expone al 3 % de dos millones, que son sesenta mil euros.
Sesenta mil euros sigue siendo mucho dinero por no haber escrito una frase en un chatbot. Pero es una cifra que se puede razonar con un consejo de administración, y es la cifra correcta.
Por qué el aplazamiento es una mala noticia si lo usas de excusa
Esta es la parte incómoda.
Que el alto riesgo se aplace a diciembre de 2027 suena a dieciséis meses de margen. En la práctica, para una empresa que use IA en selección de personal o en decisiones de crédito, no lo es.
Las obligaciones del Anexo III no son un trámite que se resuelva en el último trimestre. Piden documentación técnica del sistema, registro de eventos, supervisión humana efectiva, gestión de la calidad de los datos de entrenamiento y evaluación de conformidad. Nada de eso se puede improvisar sobre un sistema que ya está en producción y que nadie diseñó pensando en ello.
Hemos visto el mismo patrón con el RGPD: las empresas que lo abordaron en la arquitectura pagaron una fracción de lo que pagaron las que tuvieron que rehacer sistemas enteros después. Rehacer siempre cuesta más que diseñar.
Así que el aplazamiento no es tiempo libre. Es el margen que tienes para hacerlo bien en vez de deprisa. Si tu empresa entra en el Anexo III y no has empezado, has consumido un mes de los dieciséis.
Qué revisar esta semana
Nada de esto necesita un proyecto ni un comité. Es una tarde de trabajo para casi cualquier empresa.
- Abre tu propia web y habla con tu chatbot. ¿Dice que es una IA en el primer mensaje? Si dice «asistente» a secas, cámbialo hoy.
- Haz inventario de dónde usas IA de cara al cliente. Chatbots, respuestas automáticas de correo, atención en WhatsApp, avatares, locuciones. Suele haber más de lo que recuerdas.
- Comprueba los metadatos de una imagen generada con IA que hayas publicado. Si tu flujo de trabajo la ha redimensionado, es probable que las credenciales de contenido se hayan perdido.
- Mira si algún sistema tuyo cae en el Anexo III. Selección de personal, crédito, seguros, sanidad, educación, biometría. Si la respuesta es sí, tienes hasta diciembre de 2027 y conviene empezar ya.
- Deja constancia por escrito de lo que has revisado y cuándo. La trazabilidad es la mitad del cumplimiento, y cuesta un documento.
Si prefieres que lo miremos nosotros
En Elevatec implantamos inteligencia artificial en empresas y diseñamos el cumplimiento desde la arquitectura, no como una revisión legal al final. Es más barato y sale mejor.
Si tienes un chatbot, generas contenido con IA o crees que alguno de tus sistemas puede caer en el Anexo III, agenda una reunión de treinta minutos y lo revisamos contigo. Sin compromiso: en media hora sabrás si tienes algo que corregir y cuánto trabajo es.
Y si resulta que no tienes nada que corregir, también es una respuesta útil.
Fuentes
Este artículo se apoya en las siguientes publicaciones, consultadas en septiembre de 2026:
- LIS Data Solutions, obligaciones desde el 2 de agosto de 2026 y qué se aplaza a 2027
- Ángel Ortega Castro, Reglamento (UE) 2026/1744: qué aplaza y qué no
- Economist & Jurist, el artículo 50 activa la transparencia obligatoria
- Economist & Jurist, el régimen sancionador y el trato específico a pymes
- DataIbérica, guía práctica para empresas españolas
Preguntas frecuentes
Las obligaciones de transparencia del artículo 50 se activan cuando un sistema de IA interactúa con personas o genera contenido que publicas. Si vuestro uso es puramente interno, para redactar borradores o resumir documentos que no salen de la empresa, no estáis en ese supuesto. En cuanto ese contenido se publica o el sistema habla con un cliente, sí. La frontera no es la herramienta, es si hay alguien de fuera al otro lado.
No hace falta un aviso legal ni un texto largo. Lo que exige el artículo 50 es informar de que se está interactuando con una inteligencia artificial, y eso se cumple con una frase en el primer mensaje. «Soy un asistente de inteligencia artificial» basta. Lo que no basta es presentarse solo como «asistente», porque eso también lo diría una persona.
Hasta 15 millones de euros o el 3 % del volumen de negocio anual mundial. Para pymes y empresas emergentes, el artículo 99.6 aplica la cantidad menor de las dos, no la mayor: una empresa que facture dos millones se expone a sesenta mil euros, no a quince millones. La autoridad también valora la gravedad, la duración y la cooperación de la empresa.
Solo si tu empresa entra en el Anexo III, y aun así no conviene. Las obligaciones de alto riesgo piden documentación técnica, registro de eventos, supervisión humana y evaluación de conformidad, y eso no se improvisa sobre un sistema que ya está en producción. Lo que se aplazó no fue el trabajo, fue la fecha. Y la transparencia no se aplazó en absoluto.
Sí, la selección de personal y la gestión de recursos humanos están en el Anexo III. Eso incluye el cribado automático de currículums, la ordenación de candidaturas por puntuación y las herramientas que evalúan a personas en un proceso. Sus obligaciones se aplazaron a diciembre de 2027, pero si además el sistema conversa con los candidatos, la transparencia le aplica desde agosto de 2026.
La Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial, la AESIA, con sede en A Coruña. Es la autoridad nacional de vigilancia del mercado para el reglamento. En materias que tocan datos personales concurre además con la Agencia Española de Protección de Datos, así que en la práctica conviene revisar el AI Act y el RGPD a la vez y no por separado.